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UNIÓN DE HECHO Y CONCUBINATO. ALCANCES DEL RÉGIMEN PATRIMONIAL DESDE LA PERSPECTIVA DE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS Y EL RÉGIMEN DE SOCIEDADES CONYUGALES

La unión de hecho y el concubinato plantean importantes diferencias en cuanto al resultado de una separación de cuerpos, situación que puede ser mucho más compleja que la que tendría lugar en caso de un divorcio entre personas legalmente casadas, especialmente en cuanto a la fecha de constitución de la sociedad de gananciales desprendida de la convivencia singular, estable permanente y pública,  por más de cuatro años, generando situaciones conflictivas y/o controversiales que pueden ser mucho más extenuantes, complejos y difíciles de manejar que en caso de la disolución y liquidación de la sociedad económica generada (o planteada) dentro del matrimonio.  El objetivo del trabajo apuntó a evidenciar los alcances del régimen patrimonial dentro de la unión de hecho y el concubinato, desde la perspectiva de los derechos adquiridos y el régimen de sociedades conyugales. Se desarrolló en función a los recaudos de una monografía de compilación, conforme al estudio particular, la presentación y el análisis de la doctrina del régimen patrimonial dentro de la unión de hecho y el concubinato. En cuanto a sus resultados, se destacó que declaración de la unión de hecho o concubinato y la declaración de derechos relativos a su institucionalización responden directamente al estudio de los requisitos previstos en el marco legal vigente, entre los que se citan la cohabitación y voluntad de convivir; la singularidad y publicidad, la estabilidad y permanencia y la ausencia impedimentos o vínculo anterior sin resolver. Por lo que se concluyó que las uniones de hecho y el concubinato, al igual que el matrimonio, suponen manifestaciones del derecho de familia, que permiten reconocer derechos, facultades y poderes originadas de las relaciones entre los cónyuges hacia el cumplimiento de los fines superiores de la entidad familiar y para la regulación las relaciones económicas.
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UNIÓN DE HECHO Y CONCUBINATO. ALCANCES DEL RÉGIMEN PATRIMONIAL DESDE LA PERSPECTIVA DE LOS DERECHOS ADQUIRIDOS Y EL RÉGIMEN DE SOCIEDADES CONYUGALES

  • DOI: https://doi.org/10.22533/at.ed.53624050410

  • Palavras-chave: Unión de hecho, concubinato, régimen patrimonial, derechos adquiridos, sociedades conyugales.

  • Keywords: De facto union, concubinage, property regime, acquired rights, conjugal partnerships.

  • Abstract: De facto union and concubinage pose important differences regarding the result of a separation of bodies, a situation that can be much more complex than what would take place in the case of a divorce between legally married people, especially regarding the date of constitution. of the community property detached from the singular, stable permanent and public coexistence, for more than four years, generating conflictive and/or controversial situations that can be much more exhausting, complex and difficult to manage than in the case of the dissolution and liquidation of the economic partnership generated (or raised) within marriage. The objective of the work aimed to demonstrate the scope of the property regime within the de facto union and concubinage, from the perspective of acquired rights and the regime of conjugal societies. It was developed based on the provisions of a compilation monograph, in accordance with the particular study, presentation and analysis of the doctrine of the property regime within the de facto union and concubinage. Regarding its results, it was highlighted that the declaration of the de facto union or concubinage and the declaration of rights related to its institutionalization respond directly to the study of the requirements provided for in the current legal framework, among which are cohabitation and willingness to live together; uniqueness and publicity, stability and permanence and the absence of impediments or unresolved previous link. Therefore, it was concluded that de facto unions and concubinage, like marriage, represent manifestations of family law, which allow the recognition of rights, faculties and powers arising from the relationships between spouses towards the fulfillment of the higher purposes of the family entity and for the regulation of economic relations.

  • Nancy Elizabeth Arévalos Ortiz
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